10/29/2014

RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 033-2014-VIVIENDA-SG Aprueban Directiva denominada Normas y

Aprueban Directiva denominada Normas y Procedimientos para el desarrollo de proyectos que se ejecutan a través de Núcleos Ejecutores, por los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 033-2014-VIVIENDA-SG Lima, 28 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Ley N° 30156, Ley Orgánica del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, dispone que entre las funciones exclusivas asignadas al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Aprueban Directiva denominada Normas y Procedimientos para el desarrollo de proyectos que se ejecutan a través de Núcleos Ejecutores, por los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 033-2014-VIVIENDA-SG
Lima, 28 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 6 de la Ley N° 30156, Ley Orgánica del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, dispone que entre las funciones exclusivas asignadas al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se encuentra la de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales así como la gestión de los recursos del sector;

Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que los actos de administración interna de las entidades están destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios; y son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de la citada Ley y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan;

Que, mediante la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar intervenciones a través de núcleos ejecutores, con la población pobre y extremadamente pobre de las zonas rural y rural dispersa, para desarrollar proyectos de mejoramiento de vivienda rural, saneamiento rural, mejoramiento de infraestructura del Tambo e infraestructura productiva;

Que, la Única Disposición Complementaria y Final de las Normas Reglamentarias para la implementación de la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobadas por Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA, señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento o sus Programas, en el marco de sus atribuciones, expedirá las disposiciones complementarias para la mejor aplicación de lo establecido en dichas Normas Reglamentarias;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar una directiva que regule los procedimientos técnicos, administrativos y normativos necesarios, con la nalidad de dinamizar y facilitar el desarrollo de los proyectos a través de los núcleos ejecutores, a cargo de los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

De conformidad con lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la Única Disposición Complementaria y Final de las Normas Reglamentarias para la implementación de la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobadas por Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; y la Resolución Ministerial N° 252-2014-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébase la Directiva N° 003-2014-VIVIENDA-SG denominada Normas y Procedimientos para el desarrollo de proyectos que se ejecutan a través de Núcleos Ejecutores, por los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Artículo 2.- La Directiva que se aprueba con la presente Resolución, es de aplicación a los Órganos y Programas, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que intervengan en el desarrollo de proyectos de mejoramiento de vivienda rural, saneamiento rural, mejoramiento de infraestructura del Tambo e infraestructura productiva, que se ejecuten a través de Núcleos Ejecutores en los centros poblados de las zonas rural y rural dispersa, de condición pobre y extremadamente pobre; así como a los representantes de los Núcleos Ejecutores y a los miembros de los Núcleos Ejecutores Centrales.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O cial El Peruano, en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y en el Portal del Estado Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese
ANA DOMINGUEZ DEL AGUILA
Secretaria General

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