10/22/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 433-2014-MEM/DM Reconocen servidumbre convencional de electroducto sobre

Reconocen servidumbre convencional de electroducto sobre bienes de propiedad privada, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Edelnor S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 433-2014-MEM/DM Lima, 1 de octubre 2014 VISTO: El Expediente N° 21230314, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional de electroducto sobre bienes de propiedad privada para la instalación de la Subestación Eléctrica de Transformación Las Malvinas 220/60/20/10 kV, presentada por Empresa de Distribución Eléctrica
Reconocen servidumbre convencional de electroducto sobre bienes de propiedad privada, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Edelnor S.A.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 433-2014-MEM/DM
Lima, 1 de octubre 2014
VISTO: El Expediente N° 21230314, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional de electroducto sobre bienes de propiedad privada para la instalación de la Subestación Eléctrica de Transformación Las Malvinas 220/60/20/10 kV, presentada por Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.A. - EDELNOR
S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008737
del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao;

CONSIDERANDO:

Que, EDELNOR S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 080-96-EM, publicada el 18 de octubre de 1996 en el Diario Oficial El Peruano, solicitó el reconocimiento de la servidumbre convencional de electroducto sobre bienes de propiedad privada, para la instalación de la Subestación Eléctrica de Transformación Las Malvinas 220/60/20/10 kV, ubicada en el Jr. Antonio Elizalde N° 480, N° 490 y N° 520, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;

Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de electroducto sobre bienes de propiedad privada, para la Subestación Eléctrica de Transformación Las Malvinas 220/60/20/10
kV, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 23 de diciembre de 2013, cuya copia obra en el Expediente;

Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, el cual establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, emitió el Informe N° 466-2014-DGE-DCE, recomendando el reconocimiento de la referida servidumbre;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Reconocer, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular EDELNOR
S.A.A., la servidumbre convencional de electroducto sobre bienes de propiedad privada, para la instalación de la Subestación Eléctrica de Transformación Las Malvinas 220/60/20/10 kV, ubicada en el Jr. Antonio Elizalde N° 480, N° 490 y N° 520, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Constitución de Derecho de Servidumbre, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 23 de diciembre de 2013, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme con el siguiente cuadro:

Expediente Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Tipo de Propiedad Tipo de Terreno 21230314Subestación Eléctrica de Transformación Las Malvinas 220/60/20/10 kV
Ubicación: Distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima Área: Servidumbre de electroducto Coordenadas UTM (PSAD 56):

Vértice Este Norte
A 276 502,360 8 668 423,388
B 276 621,750 8 668 435,484
C 276 624,774 8 668 405,637
D 276 505,384 8 668 393,541
Área total:

3 600,00 m² (suelo y sus aires)
Privado Urbano Artículo 2°.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes.

Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas

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