10/10/2014

RM N° 763-2014/MINSA Plan Nacional Virus del Ébola

Aprueban Documento Técnico "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Posible Introducción del Virus del Ébola" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 763-2014/MINSA Lima, 9 de octubre del 2014 Visto, el Expediente N° 14-087396-012 que contiene el Memorando N° 1596-2014-DGE-JAR/MINSA de la Dirección General de Epidemiología; CONSIDERANDO: Que, los artículos 76°, 78°, 83° y 85° de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la autoridad de salud de nivel nacional es responsable de dirigir
Aprueban Documento Técnico "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Posible Introducción del Virus del Ébola"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 763-2014/MINSA
Lima, 9 de octubre del 2014
Visto, el Expediente N° 14-087396-012 que contiene el Memorando N° 1596-2014-DGE-JAR/MINSA de la Dirección General de Epidemiología;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 76°, 78°, 83° y 85° de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la autoridad de salud de nivel nacional es responsable de dirigir y normar las acciones destinadas a evitar la propagación y lograr el control y erradicación de las enfermedades transmisibles en todo el territorio nacional, ejerciendo la vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria y dictando las disposiciones correspondientes; siendo también responsable de la vigilancia y el control sanitario de las fronteras, así como de todos los puertos marítimos, aéreos, fiuviales, lacustres o terrestres en el territorio nacional, debiendo los servicios de sanidad internacional regirse por las disposiciones de esta Ley, sus reglamentos y las normas técnicas que dicte la autoridad de salud de nivel nacional, así como por los tratados y convenios internacionales en los que el Perú es parte, determinando las enfermedades transmisibles de declaración y notificación obligatoria;

Que, la infección por el virus del Ébola es una enfermedad grave, a menudo fatal, con una tasa de letalidad de hasta el 90%. Es una de las infecciones más virulentas en el mundo. Se introduce en la población por contacto estrecho con órganos, sangre, secreciones u otros líquidos corporales de animales infectados.

Posteriormente, el virus se propaga en la comunidad de persona a persona, por contacto directo. La primera especie del virus Ébola fue descubierta en 1976 en lo que es hoy es la República Democrática del Congo, cerca del río Ébola. Desde entonces, los brotes han aparecido esporádicamente;

Que, en el mes de marzo del 2014, se inició una epidemia por enfermedad del virus del Ébola (EVE), en África Occidental. Este brote epidémico viene afectando los países de Guinea, Liberia, Nigeria y Sierra Leona.

Actualmente se han notificado algunos casos en Estados Unidos y España;

Que, en atención a lo descrito en el considerando precedente, el principal determinante para la introducción del EVE en un nuevo espacio es el desplazamiento de viajeros infectados desde las zonas afectadas hacia nuestro país, específicamente de los países de África Occidental: Guinea, Nigeria, Liberia y Sierra Leona;

Que, en ese contexto la Dirección General de Epidemiología, en su condición de órgano técnico del Ministerio de Salud, responsable de normar y conducir el Sistema de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública en el ámbito nacional, con la colaboración de los demás órganos técnicos del Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud y de los equipos técnicos de las regiones, ha elaborado la propuesta de Documento Técnico: "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Posible Introducción del Virus del Ébola"; que tiene como objetivo preparar los sistemas de vigilancia y respuesta frente al riesgo de introducción del EVE en territorio peruano, priorizando los puntos de entrada;

Que, resulta necesario que el Ministerio de Salud desarrolle las coordinaciones interinstitucionales a fin de hacer viables las estrategias y acciones frente el riesgo potencial de introducción del virus del Ébola al Perú;

Que, con Informe N° 119-2014-OGPP-OPGI/MINSA y Memorándum N° 2417-2014/OGA/MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Administración, respectivamente, se han pronunciado por la viabilidad de la referida propuesta normativa;

Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Epidemiología, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General (e) de la Oficina General de Administración, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Jefe del Instituto Nacional de Salud y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Documento Técnico: "Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Posible Introducción del Virus del Ébola", que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Disponer que las direcciones generales, oficinas generales, órganos desconcentrados y organismos públicos del Ministerio de Salud, dentro del ámbito de sus competencias, incorporen en sus planes Operativos Anuales, las actividades contenidas en el precitado Plan Nacional.

Artículo 3°.- Disponer que las acciones contenidas en el Plan Nacional se desarrollarán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud.

Artículo 4°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Saludhttp://elperuanolegal.blogspot.com/2014/10/plan-nacional-contra-el-virus-ebola-en.html

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