10/21/2014

RESOLUCIÓN N° 2129-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Provincial de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN N° 2129-2014-JNE Expediente N° J-2014-02412 CASTROVIRREYNA - HUANCAVELICA Lima, veintidós de agosto de dos mil catorce VISTO el Oficio N° 152-2014-A/MPC, presentado el 19 de agosto de por William Carlos Ayuque Tornero, alcalde de la Municipalidad Provincial de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, comunicando las licencias, sin goce de haber, que fueron concedidas a los regidores Edgar Raúl Ñahui Reyes y Aníbal Antonio Gurmendi Salazar. CONSIDERAN…
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Provincial de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica
RESOLUCIÓN N° 2129-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02412
CASTROVIRREYNA - HUANCAVELICA
Lima, veintidós de agosto de dos mil catorce VISTO el Oficio N° 152-2014-A/MPC, presentado el 19 de agosto de por William Carlos Ayuque Tornero, alcalde de la Municipalidad Provincial de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, comunicando las licencias, sin goce de haber, que fueron concedidas a los regidores Edgar Raúl Ñahui Reyes y Aníbal Antonio Gurmendi Salazar.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los regidores municipales, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando.

3. Con fechas 1 y 3 de julio de (fojas 02 y 03), Edgar Raúl Ñahui Reyes y Aníbal Antonio Gurmendi Salazar, regidores del Concejo Provincial de Castrovirreyna, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, sin goce de haber, siendo estas concedidas mediante los acuerdos adoptados en la Sesión Ordinaria N° 013, de fecha 15 de julio de (fojas 04 a 09), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 6 de octubre de 2014.

4. En el presente caso se aprecia que los regidores Edgar Raúl Ñahui Reyes y Aníbal Antonio Gurmendi Salazar, presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se convoca al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio.

5. En ese sentido, resulta procedente convocar a Merina Angélica Ramírez Chinchón, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 21886874, candidata no proclamada del movimiento regional Movimiento Independiente Trabajando para Todos, y a Valentín Balvín Huamán, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 23556001, candidato no proclamado del partido político Partido Popular Cristiano - PPC, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huaytará, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Edgar Raúl Ñahui Reyes y Aníbal Antonio Gurmendi Salazar, regidores del Concejo Provincial de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, mientras esté vigente la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Merina Angélica Ramírez Chinchón, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 21886874, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, mientras esté vigente la licencia concedida a Edgar Raúl Ñahui Reyes, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Valentín Balvín Huamán, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 23556001, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, mientras esté vigente la licencia concedida a Aníbal Antonio Gurmendi Salazar, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.