10/21/2014

RESOLUCIÓN N° 2280-2014-JNE Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo

Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Acora, provincia y departamento de Puno RESOLUCIÓN N° 2280-2014-JNE Expediente N° J-2014-01292 ACORA - PUNO - PUNO Lima, dos de setiembre de dos mil catorce VISTOS los Oficios N° 0173-2014-MDA/A, 213-2014-MDA/A y 0214-2014-MDA/A, presentados el 25 de julio, 14 y 21 de agosto de 2014, por Gerónimo Cutipa Cutipa, alcalde de la Municipalidad Distrital de Acora, provincia y departamento de Puno, sobre la licencia, concedida al regidor Andrés Llanque
Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Acora, provincia y departamento de Puno
RESOLUCIÓN N° 2280-2014-JNE
Expediente N° J-2014-01292
ACORA - PUNO - PUNO
Lima, dos de setiembre de dos mil catorce VISTOS los Oficios N° 0173-2014-MDA/A, 213-2014-MDA/A y 0214-2014-MDA/A, presentados el 25 de julio, 14 y 21 de agosto de 2014, por Gerónimo Cutipa Cutipa, alcalde de la Municipalidad Distrital de Acora, provincia y departamento de Puno, sobre la licencia, concedida al regidor Andrés Llanque Chana.

CONSIDERANDOS
1. El literal c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N° 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días naturales antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014.

2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26
de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014.

3. Con fecha 1 de junio de (fojas 06), Andrés Llanque Chana, regidor del Concejo Distrital de Acora, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, presentó su solicitud de licencia, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo N° 044-2014-CM/MDA-P., de fecha 21 de julio de (fojas 02 y 03), a partir del 21 de julio de 2014. Al respecto, se debe precisar, que la licencia concedida comprende el periodo entre el 5 de junio y el 5 de octubre de 2014, en concordancia con lo previsto en el primer párrafo, de la presente resolución.

4. En el caso en concreto, el regidor Andrés Llanque Chana, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Paulino Marcial Phatti Pari, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 01303125, candidato no proclamado del movimiento regional Proyecto Político Aquí, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Puno, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Andrés Llanque Chana, regidor del Concejo Distrital de Acora, provincia y departamento de Puno, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Paulino Marcial Phatti Pari, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 01303125, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital Acora, provincia y departamento de Puno, mientras dure la licencia concedida a Andrés Llanque Chana, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
Samaniego Monzón Secretario General

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