10/21/2014

RESOLUCIÓN N° 2291-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros regionales

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros regionales del Gobierno Regional de Ayacucho RESOLUCIÓN N° 2291-2014-JNE Expediente N° J-2014-02283 AYACUCHO Lima, dos de setiembre dos mil catorce. VISTOS los Oficios N.° 246-2014-GRA/CR-SCR y N.° 263-2014-GRA/CR-ST, presentados el 14 y 22 de agosto de por Zenón Alfredo Bautista Chávez, secretario del consejo regional, comunicando las licencias, concedidas a Sixto Luis Ibarra Salazar, Víctor Curí León y Rosauro Gamboa Ventura, consejeros regionales
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros regionales del Gobierno Regional de Ayacucho
RESOLUCIÓN N° 2291-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02283
AYACUCHO
Lima, dos de setiembre dos mil catorce.

VISTOS los Oficios N.° 246-2014-GRA/CR-SCR
y N.° 263-2014-GRA/CR-ST, presentados el 14 y 22
de agosto de por Zenón Alfredo Bautista Chávez, secretario del consejo regional, comunicando las licencias, concedidas a Sixto Luis Ibarra Salazar, Víctor Curí León y Rosauro Gamboa Ventura, consejeros regionales del Gobierno Regional de Ayacucho.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los vicepresidentes y consejeros regionales, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando.

3. Con fechas 3 y 4 de julio de (fojas 07 a 09), Sixto Luis Ibarra Salazar, Víctor Curí León y Rosauro Gamboa Ventura, consejeros regionales del Gobierno Regional de Ayacucho, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, siendo estas concedidas mediante Acuerdos de Consejo Regional N° 050-2014-GRA/CR, N° 051-2014-GRA/CR y N° 052-2014-GRA/CR, todas de fecha 4 de agosto de (fojas 02 a 04), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014.

4. En el presente caso se aprecia que los consejeros regionales presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el consejo regional, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.° 0140-2014-JNE, así como de la aplicación supletoria del último párrafo del artículo 31 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, resulta procedente convocar a Jakeline Eros López, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 06798241, accesitaria del consejero regional Sixto Luis Ibarra Salazar; a Jhon Euler Alanya López, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 44325315, accesitario del consejero regional Víctor Curí León; y a Donald Raymundo Veliz Robles, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 21574007, accesitario del consejero regional Rosauro Gamboa Ventura, conforme al acta de proclamación de resultados emitida por el Jurado Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, para que asuman temporalmente el cargo de consejeros regionales.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Sixto Luis Ibarra Salazar, Víctor Curí León y Rosauro Gamboa Ventura, consejeros regionales del Gobierno Regional de Ayacucho, mientras estén vigentes las licencias concedidas.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Jakeline Eros López, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 06798241, para que asuma provisionalmente el cargo de consejera regional del Gobierno Regional del Ayacucho, mientras esté vigente la licencia concedida a Sixto Luis Ibarra Salazar, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Jhon Euler Alanya López, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 44325315, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero regional del Gobierno Regional del Ayacucho, mientras esté vigente la licencia concedida a Víctor Curí León, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Donald Raymundo Veliz Robles, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 21574007, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero regional del Gobierno Regional del Ayacucho, mientras esté vigente la licencia concedida a Rosauro Gamboa Ventura, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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