10/20/2014

RESOLUCIÓN N° 2429-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Pampamarca, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco RESOLUCIÓN N° 2429-2014-JNE Expediente N° J-2014-02571 PAMPAMARCA - YAROWILCA - HUÁNUCO Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce. VISTO el documento presentado el 27 de agosto de por Raúl Tolentino Zarmiento, primer regidor del Concejo Distrital de Pampamarca, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, comunicando la licencia, sin goce de haber,
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Pampamarca, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN N° 2429-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02571
PAMPAMARCA - YAROWILCA - HUÁNUCO
Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce.

VISTO el documento presentado el 27 de agosto de por Raúl Tolentino Zarmiento, primer regidor del Concejo Distrital de Pampamarca, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida al alcalde Florencio Luján Sánchez.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos;
la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando.

3. Con fecha 30 de junio de (fojas 05), el alcalde Florencio Luján Sánchez, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria de fecha 8 de agosto de agosto de (fojas 05 y 06), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5
de octubre de 2014.

4. Teniendo en consideración que el alcalde Florencio Luján Sánchez, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la misma que fue aprobada por el concejo municipal y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, procede convocar al primer regidor Raúl Tolentino Zarmiento, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 22724590, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.

5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente convocar a Liduvina Céspedes Alvino, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 22758139, candidata no proclamada del movimiento regional Auténtico Regional, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Yarowilca, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Florencio Luján Sánchez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampamarca, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, con motivo de las Elecciones Regionales de 2014, por el periodo de la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Raúl Tolentino Zarmiento, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 22724590, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampamarca, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, mientras esté vigente la licencia concedida a Florencio Luján Sánchez, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Liduvina Céspedes Alvino, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 22758139, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pampamarca, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, mientras dure la encargatura de Raúl Tolentino Zarmiento, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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