10/20/2014

RESOLUCIÓN N° 2441-2014-JNE Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidoras

Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidoras de la Municipalidad Distrital de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura RESOLUCIÓN N° 2441-2014-JNE Expediente N° J-2014-02642 COLÁN - PAITA - PIURA Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce. VISTOS el Oficio N° 001-2014-MDC-S, presentado el 1 de setiembre de por Elizabeth Chávez Alejos, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura, comunicando las licencias concedidas al alcalde
Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidoras de la Municipalidad Distrital de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura
RESOLUCIÓN N° 2441-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02642
COLÁN - PAITA - PIURA
Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce.

VISTOS el Oficio N° 001-2014-MDC-S, presentado el 1 de setiembre de por Elizabeth Chávez Alejos, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura, comunicando las licencias concedidas al alcalde Luis Reymundo Dioses Guzmán y primer regidor Francisco Vidal Morán Peralta.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando.

3. Con fechas 12 de junio y 3 de julio de (fojas 02 y 04), el alcalde Luis Reymundo Dioses Guzmán y el primer regidor Francisco Vidal Morán Peralta, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, siendo estas concedidas mediante los Acuerdos de Concejo N° 007-2014-MDC y N° 008-2014-MDC, ambos de fecha 3 de julio de (fojas 02 a 05), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014, respectivamente.

4. Teniendo en consideración que el alcalde Luis Reymundo Dioses Guzmán y el primer regidor Francisco Vidal Morán Peralta, presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, procede convocar a la regidora María Elena Silva Reyes, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 03483537, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcaldesa, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.

5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio, correspondiendo convocar a Jesús Francisca Ruiz Avilés, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 45216171, candidata no proclamada del partido político Partido Democrático Somos Perú, así como a Mercedes Antonia Camacho Olaya, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 03504213, candidata no proclamada de la organización local Fuerza Provincial Paiteña, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Piura, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Luis Reymundo Dioses Guzmán, alcalde de la Municipalidad Distrital de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura, y las correspondientes a Francisco Vidal Morán Peralta, regidor de la referida comuna, con motivo de las Elecciones Regionales de 2014, por el periodo de las licencias concedidas.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a María Elena Silva Reyes, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 03483537, para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura, mientras esté vigente la licencia concedida a Luis Reymundo Dioses Guzmán, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Jesús Francisca Ruiz Avilés, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 45216171, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura, mientras dure la encargatura de María Elena Silva Reyes, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Mercedes Antonia Camacho Olaya, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 03504213, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura, mientras esté vigente la licencia concedida a Francisco Vidal Morán Peralta, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General 1152141-10
Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Sausa, provincia de Jauja, departamento de Junín
{N}RESOLUCIÓN N° 2442-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02646
SAUSA - JAUJA - JUNÍN
Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce.

VISTOS el Oficio N° 117-2014-A/MDS, presentado el 1
de setiembre de por Mario Luis Palomino Pastrana, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sausa, provincia de Jauja, departamento de Junín, comunicando la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando.

3. Con fecha 3 de julio de (fojas 04), el alcalde Mario Luis Palomino Pastrana, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de Concejo N° 012-2014-CM/MDS, de fecha 8 de julio de agosto de (fojas 03), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5
de octubre de 2014.

4. Teniendo en consideración que el alcalde Mario Luis Palomino Pastrana, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la misma que fue aprobada por el concejo municipal y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, procede convocar a la primera regidora Teodora Iraida Mucha Orellana, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 20710241, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.

5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente convocar a Gina Vanessa Durand Patiño, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42974253, candidata no proclamada del movimiento regional Convergencia Regional Descentralista, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Jauja, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Mario Luis Palomino Pastrana, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sausa, provincia de Jauja, departamento de Junín, con motivo de las Elecciones Regionales de 2014, por el periodo de la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Teodora Iraida Mucha Orellana, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 20710241, para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Sausa, provincia de Jauja, departamento de Junín, mientras esté vigente la licencia concedida a Mario Luis Palomino Pastrana, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Gina Vanessa Durand Patiño, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42974253, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Sausa, provincia de Jauja, departamento de Junín, mientras dure la encargatura de Teodora Iraida Mucha Orellana, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General 1152141-11
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Marcará, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash
{N}RESOLUCIÓN N° 2443-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02677
MARCARÁ - CARHUAZ - ÁNCASH
Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce.

VISTO el Oficio N° 0118-2014-MDM/A, presentado el 3 de setiembre de por Javier Mario Copitan Leyva, alcalde de la Municipalidad Distrital de Marcará, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash, comunicando la licencia, concedida al regidor Esteban Pablo Tadeo Vega.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando.

3. Con fecha 2 de julio de (fojas 06), el regidor Esteban Pablo Tadeo Vega, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de Concejo N° 030-2014-MDM/ A, de fecha 2 de julio de (fojas 06 y 07), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 6 de octubre de 2014.

4. En el caso en concreto, se aprecia que el regidor Esteban Pablo Tadeo Vega, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Elena Victoria Melliso Alva, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42058755, candidata no proclamada del movimiento regional Movimiento Acción Nacionalista Peruano, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Esteban Pablo T adeo Vega, regidor del Concejo Distrital de Marcará, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash, mientras esté vigente la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Elena Victoria Melliso Alva, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42058755, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Marcará, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash, mientras esté vigente la licencia concedida a Esteban Pablo Tadeo Vega, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General 1152141-12
{E}SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Financiera Proempresa S.A. la apertura de agencia ubicada en el departamento de Junín
{N}RESOLUCIÓN SBS N° 6621-2014
Lima, 7 de octubre de 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:

La solicitud presentada por la Financiera Proempresa S.A. para que se le autorice la apertura de una (01) Agencia ubicada en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junín; y,
CONSIDERANDO:

Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de la citada Agencia; y, Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas aprobadas mediante la Resolución
SBS N° 12883-2009;

RESUELVE:

Artículo Único.- Se autoriza a la Financiera Proempresa S.A. la apertura de una (01) Agencia ubicada en Jr. Tarma N° 274 y 276 – La Merced, distrito de Chanchamayo, provincia de Chanchamayo y departamento de Junín.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DEMETRIO CASTRO ZÁRATE
Intendente General de Microfinanzas

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