10/27/2014

RESOLUCIÓN N° 2573-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de Conayca, provincia y departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN N° 2573-2014-JNE Expediente N° J-2014-02713 CONAYCA - HUANCAVELICA - HUANCAVELICA Lima, diez de setiembre de dos mil catorce. VISTO el Oficio N° 091-2014-A.MDC-HVCA, presentado el 5 de setiembre de por Pablo Gaspar Martínez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Conayca, provincia y departamento de Huancavelica, el cual comunica las licencias concedidas
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de Conayca, provincia y departamento de Huancavelica
RESOLUCIÓN N° 2573-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02713
CONAYCA - HUANCAVELICA - HUANCAVELICA
Lima, diez de setiembre de dos mil catorce.

VISTO el Oficio N° 091-2014-A.MDC-HVCA, presentado el 5 de setiembre de por Pablo Gaspar Martínez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Conayca, provincia y departamento de Huancavelica, el cual comunica las licencias concedidas al alcalde y a la primera regidora Julia Rosa Acuña Cuicapuza.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente.

3. Con fechas 30 de junio y 1 de julio de (fojas 04 y 05), el alcalde Pablo Gaspar Martínez y la primera regidora Julia Rosa Acuña Cuicapuza, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, siendo estas concedidas mediante el acuerdo de concejo de Sesión Ordinaria de fecha 1 de setiembre-2014-MDC/HVCA (fojas 02 y 03). Al respecto, se precisa que las licencias concedidas son por treinta días naturales eficaces a partir del 5 de setiembre de 2014.

4. Teniendo en consideración que el alcalde Pablo Gaspar Martínez y la primera regidora Julia Rosa Acuña Cuicapuza presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, las cuales fueron aprobadas por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, procede convocar al regidor Jacinto Asto Barra, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 23222185, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.

5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio.

6. En ese sentido, resulta procedente convocar a Edwin Flores Quispe, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 40104282, y a Lucía Mendoza Común, con Documento Nacional de Identidad N° 46499964, candidatos no proclamados del movimiento regional Movimiento Independiente Trabajando para Todos, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a alcalde Pablo Gaspar Martínez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Conayca, provincia y departamento de Huancavelica, y las credenciales otorgadas a Julia Rosa Acuña Cuicapuza, regidora de la referida comuna, por el periodo de las licencias concedidas.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Jacinto Asto Barra, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 23222185, para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Conayca, provincia y departamento de Huancavelica, mientras esté vigente la licencia concedida a Pablo Gaspar Martínez, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Edwin Flores Quispe, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 40104282, con el objeto de que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Conayca, provincia y departamento de Huancavelica, mientras dure la encargatura de Jacinto Asto Barra, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Lucía Mendoza Común, con Documento Nacional de Identidad N° 46499964, con el fin de que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Conayca, provincia y departamento de Huancavelica, mientras esté vigente la licencia concedida a Julia Rosa Acuña Cuicapuza, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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