11/22/2014

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 6195-2014-MIDIS/PNAEQW Modifican el Manual de Compras aprobado

Modifican el Manual de Compras aprobado mediante Res. N° 2031-2013-MIDIS/PNAEQW, modificado por Res. N° 1031-2014-MIDIS/PNAEQW RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 6195-2014-MIDIS/PNAEQW Lima, 19 de noviembre de 2014 VISTO: El Informe N° 400-2014-MIDIS/PNAEQW-UP de la Unidad de Prestaciones, el Informe N° 545-2014-MIDIS/ PNAEQW-US&M, de la Jefa de la Unidad de Supervisión y Monitoreo, el Informe N° 1311-2014-MIDIS/PNAEQW-UP-CCGCFO de la Coordinación del Componente de Gestión para Compra y Fortalecimiento de la Oferta;
Modifican el Manual de Compras aprobado mediante Res. N° 2031-2013-MIDIS/PNAEQW, modificado por Res. N° 1031-2014-MIDIS/PNAEQW
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 6195-2014-MIDIS/PNAEQW
Lima, 19 de noviembre de 2014
VISTO:

El Informe N° 400-2014-MIDIS/PNAEQW-UP de la Unidad de Prestaciones, el Informe N° 545-2014-MIDIS/ PNAEQW-US&M, de la Jefa de la Unidad de Supervisión y Monitoreo, el Informe N° 1311-2014-MIDIS/PNAEQW-UP-CCGCFO de la Coordinación del Componente de Gestión para Compra y Fortalecimiento de la Oferta; y, el Informe N° 6545-2014-MIDIS/PNAEQW-UAJ del Jefe (e)
de la Unidad de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS
se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas;

Que, de acuerdo con lo establecido por la Octagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos financieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios del Programa, a fin de alcanzar los objetivos a cargo de los mismos; adicionalmente, se estableció que los comités u organizaciones referidos, serán reconocidos por el MIDIS, a través del Programa Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran necesarias, establecidos por el MIDIS y, supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado;

Que, los numerales 6.4.1.; y, 6.4.2. de la Directiva N° 001-2013-MIDIS, aprobada por Resolución Ministerial N° 016-2013 -MIDIS, establecen que el proceso de compra es llevado a cabo de manera cogestionada por Qali Warma y el Comité de Compra; y, que Qali Warma elabora y aprueba las Bases de los procesos de compra para la adquisición de los productos y raciones, las cuales son de uso obligatorio por los Comités de Compra;
adicionalmente, en el numeral 5.2 la referida Directiva dispone, en relación a la Fase de Compra, que es el proceso que realizan el Comité de Compra y Qali Warma para la adquisición de productos y raciones, de acuerdo con lo dispuesto en dicha Directiva y en los procedimientos específicos establecidos en el Manual de Compras que apruebe Qali Warma;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 2031-2013-MIDIS/PNAEQW, de fecha 17 de diciembre de 2013, se aprobó el Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, el mismo que a su vez fue modificado con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 1031-2014-MIDIS/PNAEQW, de fecha 10 de abril de 2014, constituyendo un instrumento normativo que contiene las disposiciones, lineamientos y procedimientos de observancia obligatoria aplicables a la Fase de Compra del modelo de cogestión;

Que, en el Informe N° 1311-2014-MIDIS/PNAEQW-UP-CCGCFO de la Coordinación del Componente de Gestión para Compra y Fortalecimiento de la Oferta de la Unidad de Prestaciones se indica que, considerando lo expuesto en el Informe N° 545-2014-MIDIS/PNAEQW-US&M y en el Informe N° 539-2014-MIDIS/PNAEQW-US&M, ambos de la Unidad de Supervisión y Monitoreo, y a fin de garantizar el servicio alimentario a los usuarios del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en el periodo restante del año en curso, es necesario incluir en el Manual de Compras un proceso de compra directa; propuesta que se considera idónea y viable;

Con la visación de la Unidad de Asesoría Jurídica, de la Unidad de Prestaciones y de la Unidad de Supervisión y Monitoreo;

En uso de las atribuciones establecidas por el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 174-2012-MIDIS y la Resolución Ministerial N° 111-2014-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Incluir una Disposición Final en el Manual de Compras aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 2031-2013-MIDIS/PNAEQW, de fecha 17 de diciembre de 2013, modificado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 1031-2014-MIDIS/PNAEQW, de fecha 10 de abril de 2014, conforme a lo detallado en el Anexo de la presente Resolución.

Artículo Segundo: Encargar a la Unidad de Prestaciones la publicación de las modificaciones realizadas al Manual de Compras en el portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Warma (www.qw.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ISABEL JHONG GUERRERO
Directora Ejecutiva (e)
Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
ANEXO
VIII. DISPOSICIÓN FINAL
93) El procedimiento de compra directa se realiza conforme a las siguientes disposiciones y requisitos:

Disposiciones que regulan el procedimiento de Compra Directa Mediante el presente se regula el procedimiento para la compra directa de producto o productos no perecibles, a fin de atender ítems que hayan quedado desabastecidos por resolución de contratos debido a la presentación de certificados sanitarios oficiales no emitidos por la autoridad sanitaria (ITP – SANIPES); o, por no ser posible preparar las recetas programadas debido a la inmovilización y/o recojo de alimentos, al haberse detectado que dichos productos fueron liberados con la presentación de certificados sanitarios oficiales no emitidos por la autoridad sanitaria competente (ITP – SANIPES). Para supuestos distintos a los señalados anteriormente, deberá procederse de acuerdo a lo establecido en el numeral 7)
del Manual de Compras.

1. Responsabilidad del Requerimiento y Aprobación de (l) (los) productos a comprar La Unidad Territorial es responsable de elaborar la propuesta del producto a comprar.

La cantidad y variedad de productos no perecibles a comprar por los Comités de Compra, debe definirse de manera tal que cumplan con los objetivos del Programa.

2. Procedimientos para la Compra Directa 2.1 La Unidad Territorial para realizar el proceso de compra directa solicitará autorización a la Unidad de Prestaciones, para lo cual deberá presentar con documento el requerimiento de los productos o producto a comprar, indicando los días de atención, volúmenes, presentaciones, número de usuarios, Instituciones Educativas Públicas, ítems y Comité de Compra a cargo del proceso.

2.2 La Unidad Territorial realizará un estudio de mercado y adjuntará un mínimo de tres (3) cotizaciones, las cuales servirán para que la Unidad de Prestaciones pueda determinar los valores referenciales. Las cotizaciones realizadas por la Unidad Territorial deben señalar la capacidad de los consultados para iniciar la distribución de los productos a las instituciones educativas en un plazo máximo de 72 horas de suscrito el contrato.

En caso no se cuente con tres (3) cotizaciones el Jefe de la Unidad Territorial remitirá a la Unidad de Prestaciones aquella o aquellas que haya podido realizar, adicionalmente remitirá a dicha Unidad un informe en donde se señalará las personas naturales o jurídicas a quienes solicitó cotizar, indicando además que la cotización o cotizaciones remitidas a la Unidad de Prestaciones son las únicas que ha podido obtener del mercado.

2.3 La Unidad de Prestaciones aprobará los volúmenes y valores referenciales de los productos requeridos, comunicando a la Unidad Territorial que realice las coordinaciones respectivas con el Comité de Compra, con la finalidad de dar inicio al proceso de compra.

2.4 El proceso de compra directa de productos se realizará en un plazo de tres (3) días hábiles, conforme a lo expuesto en estas disposiciones y según el siguiente cronograma:

Cronograma de Compra Directa de Productos Actos del Proceso de Compra Directa de Productos 1 2 3
Invitación a postores Presentación de propuestas Evaluación y selección de propuestas Publicación de postores ganadores Firma de contratos 2.5 Invitación a postores: El Comité de Compra en coordinación con el Jefe de la Unidad Territorial, y asistencia técnica del Supervisor de Compra, procederá a cursar por medio escrito, las invitaciones a las personas evaluadas en el estudio de mercado realizada por la Unidad Territorial.

2.6 Presentación de Propuestas: Los postores presentarán al Comité de Compra sus propuestas técnica y económica en sobres cerrados, de acuerdo a los requisitos obligatorios establecidos, en la dirección y hora indicada en la carta de invitación.

Será descalificado el postor que no presente en su propuesta técnica y económica todos los requisitos exigidos en la Carta de Invitación.

2.7 Evaluación y Selección de Propuestas: El Comité de Compra sesionará con asistencia técnica del Supervisor de Compra para la evaluación y selección de propuestas; asimismo contará con la presencia de un notario. Se elegirá al postor que presente la mejor oferta, la que no deberá exceder el monto referencial y cumpla con presentar la documentación requerida.

El postor deberá presentar una declaración jurada manifestando que cuenta con stock disponible del producto o productos requeridos, señalando además que tiene la capacidad para iniciar la distribución de los productos a las instituciones educativas en el plazo máximo de 72
horas de suscrito el contrato En caso de producirse empate entre las propuestas de dos (2) o más postores, en el día se procederá a realizar el acto de desempate mediante sorteo en presencia del notario.

2.8 Publicación de Postores Ganadores y Firma de Contrato: Una vez adjudicado, la Unidad Territorial publicará a través de la página web del Programa y, mediante aviso en la sede de la Unidad Territorial, los resultados del procedimiento de compra, indicándose la prelación de los postores; dichos actos constituyen notificación válida para los postores. El postor adjudicado podrá suscribir el contrato desde el día de la adjudicación hasta el día de la liberación de los productos, la misma que ocurrirá en el plazo máximo de 72 horas desde la adjudicación.

El Comité de Compra establecerá en el contrato el cronograma de distribución de los productos y el período de la prestación del servicio alimentario. En caso el postor adjudicado no suscriba el contrato será aplicable a su caso lo dispuesto en el numeral 48 del Manual de Compras.

Cuando el postor ganador no suscriba el contrato se suscribirá con aquel que cumpla los requisitos; y, en el orden de prelación de los resultados del procedimiento de compra, aplicando los plazos establecidos en el primer párrafo del presente numeral.

En caso el postor no inicie el cumplimiento de sus prestaciones contractuales en el plazo establecido en el numeral precedente (72 horas), el Comité de Compra podrá suscribir contrato con el postor que haya cumplido los requisitos y haya quedado en segundo lugar en el proceso de selección, y así sucesivamente con el resto de postores.

2.9 Como requisito indispensable para suscribir el contrato, el postor ganador debe entregar al Comité de Compra la Garantía de Fiel Cumplimiento del mismo, por el importe equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato a suscribir. La Garantía de Fiel Cumplimiento debe tener una vigencia superior al período de atención. La Garantía de Fiel Cumplimiento podrá también ser realizada mediante depósito a la cuenta corriente que Qali Warma indique para tal efecto.

2.10 Los requisitos exigidos en la Carta de Invitación para las propuestas técnica y económica constituyen parte del contrato.

CARTA DE INVITACIÓN
_________, ____ de ___________ del 2014
CARTA N° _______-2014/CC-________
Señor (Consignar Razón Social o Nombres del Proveedor) (Consignar domicilio legal) (Consignar lugar)
Asunto : Compra Directa de Productos No Perecibles Referencia : Resolución Directoral N° De nuestra consideración:

Me dirijo a usted, para saludarlo cordialmente y al mismo tiempo hacer de su conocimiento que, el Comité de Compra ______________, ha programado realizar la compra directa de productos no perecibles, para las instituciones educativas de los niveles inicial y primaria de (l) (los) ítems ___________________, _____________________, ____
__________________ y ________________________
de (l) (los) distrito (s) de _______________________, __
____________________ y _______________________, de (l) (las) provincia (s) __________________, ________
________ y __________________ de la región _______
_________________.

Sobre el particular, se invita a vuestra representada a fin de participar en la mencionada compra directa, para lo cual se adjuntan los siguientes documentos:

1. Requerimiento de compra directa de productos no perecibles, en _____ folios.

2. Anexo N° 01 – Instituciones Educativas del ámbito del Comité de Compra para las cuales se va comprar, en _____ folios.

3. Anexo N° 02 – Valores Referenciales por ítems para atender por un período de _____ días hábiles, en ___
__ folios.

4. Anexo N° 03 – Fichas Técnicas de Alimentos, en ____
_ folios.

5. Anexo N° 04 – Volúmenes de Entrega de productos no perecibles por ítems y por IIEE, en _____ folios.

6. Anexo N° 05 – Acta de Entrega y Recepción de Productos, en _____ folio.

7. Anexo N° 06 - Proforma de Contrato de compra de productos no perecibles, en _____ folios.

8. Anexo N° 07 - Declaración jurada indicando que cuenta con stock disponible del producto o productos requeridos para que la liberación y distribución de los mismos se inicie en el plazo máximo de 72 horas de suscrito el contrato.

9. Anexo N° 08 - Declaración Jurada indicando que los productos industrializados o de procesamiento primario cuentan con certificado de calidad o informe de ensayo, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en las fichas técnicas de alimentos.

10. Anexo N° 09 - Declaración Jurada indicando que los productos hidrobiológicos cuentan con el original de certificado oficial sanitario y de calidad de producto, que incluya prueba de esterilidad comercial, emitido por el SANIPES.

11. Anexo N° 10 Requisitos obligatorios a presentar en los Sobres de Propuestas Técnica y Económica, en _____ folios, según formatos adjuntos.

Agradeceré se sirva presentarnos su propuesta (según el numeral 11., del presente documento), en la oficina de la Unidad Territorial del PNAE Qali Warma, ubicada en _____________________________________________
______________ a más tardar el día ______________
hasta las _________ horas.

Atentamente, ___________________________________
Presidente del Comité de Compra ______________
N° Requisitos obligatorios Persona Natural Persona Jurídica 1 Declaración Jurada de datos del Postor. En caso de consorcio debe ser presentado por cada consorciado (Formato N° 1)
XX
2 Copia simple de DNI o carnet de extranjería vigente del Postor. En caso de persona jurídica corresponde el DNI del representante legal y en caso de consorcio el DNI de cada consorciado.

XX
3 Copia simple de la licencia municipal de funcionamiento del o de los establecimientos del postor donde se almacenen los productos, cuyo giro corresponda a actividades relacionadas al almacenamiento de alimentos, la cual debe tener una vigencia mayor al período de ejecución contractual.

XX
4 Copia simple de la partida registral de la propiedad inmueble del o de los establecimientos donde se almacenen y fraccionen productos, en caso sea propio, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días, emitida por la Oficina de Registros Públicos. En caso sea alquilado, copia simple del contrato de alquiler del o de los establecimientos, el cual debe tener una vigencia mayor al periodo de ejecución contractual.

XX
5 Copia simple o ficha electrónica de constitución de la persona jurídica, emitida por la Oficina de Registros Públicos, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días, en la cual se acredite la actividad de venta de alimentos para consumo humano. En caso de consorcio, cada integrante debe presentar este requisito.

X
6 Certificado de vigencia de poderes del representante legal de la persona jurídica con una antigüedad no mayor a treinta (30) días. En caso de consorcio, cada consorciado debe presentar este requisito.

X
7 Copia simple de la Ficha del Registro Único del Contribuyente (RUC)
en estado Activo y Habido, en donde la Actividad Económica Principal debe ser Venta Mayor Alimentos, Bebida y Tabaco (CIIU 51225) o Venta Menor Alimentos, Bebida y Tabaco (CIIU 52206. En caso de consorcio, cada consorciado debe presentar este requisito.

XX
8 Declaración Jurada de no encontrarse sancionado para contratar con el Estado y de no tener impedimento para participar como postor en el proceso de compra conforme al Manual de Compras (Formato
N° 2).

XX
9 Promesa de consorcio, de ser el caso, suscrita por todos sus integrantes, donde se establecerán las obligaciones de los integrantes del consorcio, porcentaje de participación, representante común, domicilio común y la información empresarial (Formato N° 3).

XX
10 Original o Copia legalizada notarialmente del Certificado de Inspección Higiénico Sanitario vigente de cada uno de los establecimientos donde se almacenen los alimentos, emitido por un Organismo de Inspección acreditado ante INDECOPI
con calificativo mínimo de Bueno. Aun cuando dicho certificado obtuviera el calificativo mínimo de Bueno, son criterios de descalificación automática del postor si se advirtiera en el mismo documento alguna de las siguientes observaciones:
a) Encontrarse productos vencidos, infestados, deteriorados o evidencia de encontrarse productos que no cumplen con las Fichas Técnicas de Alimentos.
b) Presencia de algún animal, tales como: roedor, perro, gato, ave, cucaracha, mosca, etc., o evidencia de excremento, orina u otros, en las instalaciones del almacén y/o área de fraccionamiento.
c) Equipos de medición sin calibración (balanzas, termohigrómetros u otros) o no operativos.
d) Si el establecimiento no cuenta con agua potable de la red pública o agua tratada.
e) Si existe evidencia de contaminación cruzada por fiujo de proceso, personal y equipos, productos, etc.
f) Si el área donde se almacena y/o fracciona alimentos no se encuentra debidamente construido y equipado.
g) Condiciones de mantenimiento e higiene no adecuadas en las maquinarias, equipos y utensilios, tales como: evidencia de áreas oxidadas y/o corroídas, restos de alimentos, presencia de infestación de plagas en las mismas y contaminación con lubricantes u otras sustancias químicas.
h) Si el establecimiento se encuentra ubicado a una distancia menor de 150 metros de fuentes de contaminación tales como: basurales, camales, pantanos, cementerios, aserraderos, entre otros.

El postor debe mantener las condiciones del establecimiento con las que se emitió el certificado de inspección higiénico sanitario.

XX
N° Requisitos obligatorios Persona Natural Persona Jurídica 11 Copia legalizada notarialmente del Certificado de Saneamiento Ambiental , cuyo giro corresponda al objeto materia de convocatoria, de cada uno de los establecimientos donde se almacenan los productos, con una antigüedad no mayor a 6
meses , de emitido por una empresa autorizada por la Autoridad de Salud (adjuntar copia de resolución de autorización respectiva), según las condiciones establecidas en el D.S. N° 022-2001-SA y R.M. N° 449-2001-SA/DM, que certifique haber realizado los siguientes tratamientos:
- Desinfección (obligatorio), - Desinsectación (obligatorio), - Desratización (obligatorio), - Limpieza y desinfección de reservorios de agua (obligatorio)
y, - Limpieza de tanques sépticos (opcional).

XX
12 Declaración Jurada de contar, desde el inicio de la prestación del servicio alimentario, con los manuales de: 1) Buenas Prácticas de Almacenamiento y 2) Programa de Higiene y Saneamiento, para el caso de almacenes; y además, cuando realicen fraccionamiento: Manual de Buenas Prácticas de Manufactura, de cada uno de los establecimientos donde se almacenen y/o fraccionen productos, desarrollado e implementado como un sistema de control bajo la responsabilidad de un profesional de control de calidad durante el periodo de la adquisición y distribución de los productos (Formato N° 4).

XX
13 Declaración Jurada del postor indicando que cumple con las Fichas Técnicas de Alimentos y demás condiciones establecidas en el contrato y las disposiciones del proceso de compra directa (Formato N° 5).

XX
14
Declaración Jurada (Formato N° 6), indicando que:
a) Los productos industrializados no hidrobiológicos que distribuirán a las Instituciones Educativas Públicas, cuentan con el respectivo Registro Sanitario vigente emitido por DIGESA y son elaborados en plantas que cuentan con la Validación Técnica Oficial del Plan HACCP vigente , emitido por DIGESA.
b) Los productos hidrobiológicos que se distribuirán a las Instituciones Educativas Públicas, cuentan con el Protocolo Técnico de Registro Sanitario vigente, Certificado Oficial Sanitario y de Calidad del Producto (que incluya prueba de esterilidad comercial) emitido por el SANIPES (no fotocopia) y que han sido elaborados en plantas que cuentan con Protocolo Técnico de Habilitación o Registro de Planta de Procesamiento Industrial vigente otorgado por
SANIPES.
c) Los productos de procesamiento primario que se distribuirán en las Instituciones Educativas Públicas, cuentan con Autorización Sanitaria de Establecimiento vigente emitido por SENASA o Registro Sanitario aún vigente emitido por
DIGESA.
d) Los productos deben contar con la documentación que acredite su procedencia (factura y/o guía de remisión), en la que deberá figurar el nombre del producto, marca, lote, fecha de producción, fecha de vencimiento, fabricante y otros datos necesarios para la rastreabilidad del producto.
e) Los productos industrializados y de procesamiento primario que se entregarán a las Instituciones Educativas Públicas, deben contar con los respectivos certificados de calidad o informes de ensayo del lote del producto, emitido por el fabricante o procesador, que evidencie el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Fichas Técnicas de Alimentos, el cual estará a disposición de Qali Warma, antes de realizar la liberación de los alimentos para su distribución.
f) Los productos a entregar cuentan con una vida útil vigente, y deberán tener una vigencia mínima hasta el 15 de enero de 2015. En el caso de productos hidrobiológicos enlatados sólo están considerados los productos con una vigencia de tres años de vida útil posterior a la fecha de liberación.
g) Los productos (alimentos) almacenados deben estar contenidos en sus respectivos envases primarios (tal como se comercializa) y no deben presentar defectos de hermeticidad ni deterioro que afecte su integridad, asimismo deben cumplir con las normas de rotulado.

XX
N° Requisitos obligatorios Persona Natural Persona Jurídica 15 Copia simple de la tarjeta de propiedad del o de los vehículos a nombre del postor, que se utilizarán para la distribución de los productos. En caso que los vehículos no sean de propiedad del postor, deberá presentar el respectivo contrato o promesa de alquiler o contratación del servicio de transporte, con una vigencia mayor al periodo de atención, adjuntando copia de la tarjeta de propiedad a nombre de los contratantes o promitentes.

Los vehículos deben cumplir con lo dispuesto en los artículos 75°, 76° y 77° del Decreto Supremo N° 007-98-SA, respecto de sus condiciones de inocuidad, hermeticidad, exclusividad e higiene,. El o los vehículos propuestos para un ítem, no podrán ser propuestos para otro ítem o proceso de compra;
en caso contrario, se descalificará la totalidad de propuestas presentadas.

XX
16 Cronograma de distribución de los productos que incluya;
identificación de los vehículos a utilizar, fechas de entrega y detalle de las IIEE a ser atendidas con los productos. (Formato
N° 7).

XX

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Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.