11/28/2014

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 143-2014-INGEMMET/PCD Rectifican error material incurrido en la N°

Rectifican error material incurrido en la Resolución de Presidencia N° 132-2014-INGEMMET/PCD, que declaró caducidad de derechos mineros RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 143-2014-INGEMMET/PCD Lima, 25 de noviembre de 2014 VISTO: El Informe N° 10213-2014-INGEMMET-DCM-UTN de fecha 20 de noviembre de 2014, de la Dirección de Concesiones Mineras; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia N° 132-2014-INGEMMET/PCD de fecha 22 de octubre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25
Rectifican error material incurrido en la Resolución de Presidencia N° 132-2014-INGEMMET/PCD, que declaró caducidad de derechos mineros
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 143-2014-INGEMMET/PCD
Lima, 25 de noviembre de 2014
VISTO:

El Informe N° 10213-2014-INGEMMET-DCM-UTN
de fecha 20 de noviembre de 2014, de la Dirección de Concesiones Mineras;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 132-2014-INGEMMET/PCD de fecha 22 de octubre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de octubre de 2014, se declaró la caducidad de 6574 (seis mil quinientos setenta y cuatro) derechos mineros, por el no pago oportuno del derecho de vigencia correspondiente a los años 2013 y 2014; observándose que se incurrió en error material al señalar que se pone a disposición de los interesados la relación de derechos mineros indicados en el Artículo Primero y Segundo, siendo lo correcto solo Artículo Primero. Asimismo, se incurrió en error material al indicar como Artículo Cuarto al Artículo Tercero;

Que, al respecto, el artículo 201.1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prevé tal situación y dispone que "Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión";
asimismo, el artículo 201.2 establece que "la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original";

Que, estando a lo informado por la Dirección de Concesiones Mineras, procede rectificar los errores advertidos e indicar que conforme al dispositivo citado el plazo para impugnar la declaración de caducidad contenida en la Resolución de Presidencia N° 132-2014-INGEMMET/PCD corrió a partir del día hábil siguiente de su publicación hasta el 14 de noviembre del año en curso inclusive, fecha en la quedó consentida;

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo N° 035-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, y con el visto bueno de la Dirección de Concesiones Mineras, la Dirección de Derecho de Vigencia y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- RECTIFICAR el error material incurrido en los artículos segundo y cuarto de la Resolución de Presidencia N° 132-2014-INGEMMET/PCD de fecha 22 de octubre de 2014, que declaró la caducidad de 6574
derechos mineros, en los siguientes extremos: ARTICULO
SEGUNDO, donde dice: "(…) derechos mineros indicados en el Artículo Primero y Segundo (…)", debe decir: "(…)
derechos mineros indicados en el Artículo Primero (…)" y donde dice: ARTICULO CUARTO, debe decir: ARTICULO
TERCERO; dejando subsistente lo demás que contiene.

Regístrese, publíquese y archívese.

SUSANA G. VILCA ACHATA
Presidenta del Consejo Directivo

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.