11/18/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 268-2014-PCM Aprueban Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial de

Aprueban Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento del "Plan de Mejoramiento de Capacidades Básicas de la Vigilancia y Respuesta en el país, incluyendo los puntos de entrada, en el marco del proceso de implementación del Reglamento Sanitario Internacional (2005)" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 268-2014-PCM Lima, 14 de noviembre de 2014 VISTO, el Memorando N° 638-2014-PCM/SC del Secretario de Coordinación y Presidente de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el
Aprueban Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento del "Plan de Mejoramiento de Capacidades Básicas de la Vigilancia y Respuesta en el país, incluyendo los puntos de entrada, en el marco del proceso de implementación del Reglamento Sanitario Internacional (2005)"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 268-2014-PCM
Lima, 14 de noviembre de 2014
VISTO, el Memorando N° 638-2014-PCM/SC del Secretario de Coordinación y Presidente de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento del "Plan de Mejoramiento de Capacidades Básicas de la Vigilancia y Respuesta en el país, incluyendo los puntos de entrada, en el marco del proceso de implementación del Reglamento Sanitario Internacional (2005)"; y,
CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo N° 011-2014-SA se aprueba el "Plan de Mejoramiento de Capacidades Básicas de la Vigilancia y Respuesta en el país, incluyendo los puntos de entrada, en el marco del proceso de implementación del Reglamento Sanitario Internacional (2005)";

Que, asimismo, a través de la norma invocada, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada del seguimiento del citado Plan y de las acciones para el mantenimiento de las capacidades básicas establecidas en el Reglamento Sanitario Internacional (2005), adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el artículo 10 del dispositivo en mención, dispone que en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación, la Comisión debe elaborar su respectivo Reglamento Interno, para su aprobación por Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, mediante el documento del Visto, el Secretario de Coordinación y Presidente de la Comisión Multisectorial solicita la aprobación del Reglamento Interno de la referida Comisión, para cuyo efecto acompaña el texto del Reglamento y el Acta N° 002-de la Sesión celebrada con fecha 15 de agosto de 2014, donde se acordó su aprobación;

Que, el numeral 3 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones Multisectoriales Permanentes cuentan con un Reglamento Interno aprobado por Resolución Ministerial del Sector al cual están adscritas;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y modificatorias; el Decreto Supremo N° 011-2014-SA, y la Resolución Ministerial N° 268-2013-PCM que aprueba la Directiva N° 001-2013-PCM-SC "Lineamientos sobre las Comisiones Multisectoriales del Poder Ejecutivo".

SE RESUELVE
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento del "Plan de Mejoramiento de Capacidades Básicas de la Vigilancia y Respuesta en el país, incluyendo los puntos de entrada, en el marco del proceso de implementación del Reglamento Sanitario Internacional (2005)", creada por el Decreto Supremo N° 011-2014-SA, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

El texto del Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial será publicado en el Portal Web Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe)
Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría de Coordinación y a la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente creada por el Decreto Supremo N° 011-2014-SA, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros

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