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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 337-2014-MINCETUR Disponen la prepublicación en el portal institucional
11/27/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 337-2014-MINCETUR Disponen la prepublicación en el portal institucional
Disponen la prepublicación en el portal institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del proyecto de Directiva "Lineamientos para calificar y aprobar proyectos de interés turístico nacional o regional presentados en el marco del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; y el Reglamento de la Ley N° 26856, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2006-EF" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 337-2014-MINCETUR San Isidro, 25 de noviembre de 2014 Visto, el Memorando N° 1309-2014-MINCETUR/VMT del
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 337-2014-MINCETUR
San Isidro, 25 de noviembre de 2014
Visto, el Memorando N° 1309-2014-MINCETUR/VMT
del Viceministerio de Turismo, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 171-2011-MINCETUR/DM, se aprobó la Directiva N° 002-2011-MINCETUR/DM, Directiva que establece los "Lineamientos para calificar y aprobar proyectos de interés turístico nacional o sectorial presentados en el marco de las Leyes N° 29151 y N° 26856"; modificada por la Resolución Ministerial N° 379-2012-MINCETUR/DM;
Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2012-VIVIENDA, se modificó el literal b) del artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 29151, en virtud de lo cual, por excepción, puede procederse a la compraventa directa de bienes de dominio privado a favor de particulares, "Con la finalidad de ejecutar un proyecto de interés nacional o regional, cuya viabilidad haya sido calificada y aprobada por el sector o la entidad competente, acorde con la normatividad y políticas de Estado", excluyendo el interés sectorial del citado literal;
Que, por Resolución N° 064-2014/SBN, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN)
aprobó la Directiva N° 006-2014/SBN "Procedimientos para la aprobación de la venta directa de predios de dominio privado estatal de libre disponibilidad", que establece nuevos aspectos a tener en cuenta para la calificación y aprobación de los proyectos de interés nacional o regional en el marco de la Ley N° 29151, de la Ley N° 26856 y de sus Reglamentos correspondientes;
Que, a través de los Informes Nros. 010-2014-MINCETUR/VMT/DNDT/DDPT/FGFI y 137-2014-MINCETUR/VMT/DNDT-DNS-RGC, la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico propuso la aprobación de una nueva Directiva denominada "Lineamientos para calificar y aprobar proyectos de interés turístico nacional o regional presentados en el marco del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; y, el Reglamento de la Ley N° 26856, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2006-EF", en atención a lo previsto en el Decreto Supremo N° 013-2012-VIVIENDA y la Directiva N° 006-2014/SBN;
Que, de acuerdo al Memorando N° 1309-2014-MINCETUR/VMT, se considera conveniente disponer la prepublicación de la referida Directiva, a efectos de obtener sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general que pudieran coadyuvar a la mejora de la misma;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la prepublicación en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe) del proyecto de Directiva denominada "Lineamientos para calificar y aprobar proyectos de interés turístico nacional o regional presentados en el marco del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; y, el Reglamento de la Ley N° 26856, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2006-EF", durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y recepción de sugerencias por parte de las entidades públicas o privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas.
Artículo 2.- El señor Marco Antonio Llanos Ramírez, especialista de la Dirección de Desarrollo del Producto Turístico, quedará encargado de recepcionar, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, las diversas propuestas y opiniones que se reciban sobre el proyecto de Directiva al que se refiere el artículo precedente.
Artículo 3.- Las propuestas y opiniones deberán ser remitidas al correo electrónico mllanosr@mincetur.gob.
pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
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