12/22/2014

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 7345-2014-MIDIS/PNAEQW Aprueban las Bases del Proceso de

Aprueban las Bases del Proceso de Compra para la adquisición de "productos" y para la provisión del servicio de "raciones" para la atención del Servicio de Alimentación Escolar del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 7345-2014-MIDIS/PNAEQW Lima, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Informe N° 478-2014-MIDIS/PNAEQW-UP, de fecha 19 de diciembre de y el Informe N° 7749-2014-MIDIS/PNAEQW-UAJ, del Jefe (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación
Aprueban las Bases del Proceso de Compra para la adquisición de "productos" y para la provisión del servicio de "raciones" para la atención del Servicio de Alimentación Escolar del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 7345-2014-MIDIS/PNAEQW
Lima, 19 de diciembre de 2014
VISTO:

El Informe N° 478-2014-MIDIS/PNAEQW-UP, de fecha 19 de diciembre de y el Informe N° 7749-2014-MIDIS/PNAEQW-UAJ, del Jefe (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS
se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumos locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas;

Que, de acuerdo con lo establecido por la Octagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos financieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios de los programas, a fin de alcanzar los objetivos a cargo de los mismos;

Que, asimismo, la Ley N° 29951 estableció que los Comités u organizaciones referidos en el párrafo precedente, serán reconocidos por el MIDIS, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran necesarias, establecidos por el MIDIS y, supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2013-MIDIS se establecieron disposiciones generales para la transferencia de recursos financieros a los comités u organizaciones que, de acuerdo con el modelo de cogestión, se constituyan para la provisión de bienes y servicios para la prestación del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, disponiendo que dichos comités u organizaciones deberán suscribir, según corresponda, convenios de cooperación con el Programa, en los que se detallen los compromisos, responsabilidades, obligaciones y los principales aspectos operativos que aseguren la adecuada cogestión para la ejecución de prestaciones;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 016-2013-MIDIS, modificada por Resolución Ministerial N° 264-2013-MIDIS, se aprobó la Directiva N° 001-2013-MIDIS
que establece los procedimientos generales para la operatividad del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 7344-2014-MIDIS/PNAEQW se aprobó el Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, el cual establece que constituye función a cargo de la Unidad de Prestaciones, proponer a la Dirección Ejecutiva las bases del proceso, sus formatos y anexos para su aprobación;

Que, en tal sentido, de acuerdo con lo indicado en los numerales 28) y 29) del Manual de Compras, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma establece el requerimiento de compra, el cual comprende los usuarios a atender de acuerdo a cada Institución Educativa, los alimentos y sus especificaciones técnicas, conforme a las fichas técnicas de alimentos y fichas técnicas de producción de raciones, según corresponda, el volumen y el valor referencial; asimismo, aprueba las bases del proceso de compra que contiene, entre otros, los siguientes aspectos:
i) Unidad Territorial para la que se convoca la provisión del servicio alimentario, ii) Objeto de la convocatoria, iii) Ámbito del comité de compra (IIEE y usuarios), iv) Valor referencial y monto de la garantía de seriedad de oferta, v) Requisito para ser postores, vi) Fichas técnicas de producción de raciones, vii) Fichas técnicas de alimentos;

Que, de acuerdo a lo establecido por el numeral 30
del Manual de Compras, el Comité de Compra aprueba la convocatoria del proceso luego de haber sido notificado con las Bases aprobadas por el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;

Que, en atención a lo dispuesto, corresponde aprobar las Bases del proceso de compra de productos y raciones para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y disponer su publicación en su portal web (www.qw.gob.pe);

Con la visación de la Unidad de Prestaciones y la Unidad de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 174-2012-MIDIS y la Resolución Ministerial N° 111-2014-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar las Bases del Proceso de Compra para la adquisición de "productos" y para la provisión del servicio de "raciones" para la atención del Servicio de Alimentación Escolar del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Disponer que las Bases del Proceso de Compra se publiquen en el portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qw.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción, la Unidad de Prestaciones.

Artículo Tercero.- Disponer que los Comités de Compra, a nivel nacional, realicen la convocatoria del Proceso de Compra correspondiente a su ámbito de cobertura, conforme al cronograma establecido en el Manual de Compras, a partir del 22 de diciembre del presente año.

Disponiéndose que la Unidad de Prestaciones será la responsable de implementar la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ISABEL JHONG GUERRERO
Directora Ejecutiva (e)
Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma

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