3/26/2015

RM N° 199-2015-MINEDU Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular

Modifican parcialmente el Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular, aprobado por Resolución Ministerial N° 0440-2008-ED RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 199-2015-MINEDU Lima, 25 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el currículo de la Educación Básica es abierto, fiexible, integrador y diversificado; se sustenta en los principios y fines de la educación peruana; Que, el literal c) del artículo 80 de la referida Ley,
Modifican parcialmente el Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular, aprobado por Resolución Ministerial N° 0440-2008-ED
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 199-2015-MINEDU
Lima, 25 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el currículo de la Educación Básica es abierto, fiexible, integrador y diversificado; se sustenta en los principios y fines de la educación peruana;

Que, el literal c) del artículo 80 de la referida
Ley, establece como una de las funciones del Ministerio de Educación la de elaborar los diseños curriculares básicos de los niveles y modalidades del sistema educativo, y establecer los lineamientos técnicos para su diversificación;

Que, el artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, señala que el Currículo Nacional de la Educación Básica contiene los aprendizajes que deben lograr los estudiantes al concluir cada nivel y modalidad, mostrando su progresión a lo largo de toda la escolaridad, así como la forma de evaluarlos a nivel de proceso y resultados;
incluye un conjunto de competencias nacionales priorizadas que constituyen el marco curricular nacional que serán monitoreadas y evaluadas periódicamente por el Ministerio de Educación. Este currículo es fiexible, permite adecuaciones que lo hacen más pertinente y eficaz para responder a las características, necesidades e intereses de los estudiantes;

Que, mediante Oficio N° 259-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEBR, la Directora General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Técnico N° 21-2015-MINEDU-VMGP/DIGEBR, mediante el cual se sustenta la necesidad de modificar el Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular aprobado por Resolución Ministerial N° 0440-2008-ED, respecto de determinadas competencias y capacidades de algunas áreas curriculares; así como establecer los indicadores de desempeño para cada grado y/o ciclo según corresponda;

Que el referido informe señala que la propuesta de modificatoria se formuló considerando diversos estudios;
así como las consultas y recomendaciones del Consejo Nacional de Educación; siendo que aquella tiene por finalidad que las herramientas pedagógicas y curriculares señalen de manera clara y precisa las competencias de los estudiantes y la viabilidad de su aplicación en el plan de estudios, lo que implica racionalizar la longitud de los documentos, la comunicabilidad de las nociones y el rango de los procesos que se espera que implementen los docentes;

De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 28044, Ley General de Educación;
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar parcialmente el Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular, aprobado por Resolución Ministerial N° 0440-2008-ED, respecto de las competencias y capacidades de algunas áreas curriculares, e incorporar indicadores de desempeño para cada grado y/o ciclo, según corresponda, conforme a lo establecido en los Anexos que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, las Unidades de Gestión Educativa Local y las instituciones educativas de educación básica regular, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, así como su difusión.

Artículo 3.- Publicar la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano, encargándose a la Oficina General de Asesoría Jurídica su publicación y la de sus Anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

[DCN] Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular, aprobado por Resolución Ministerial N° 0440-2008-ED

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