7/01/2015

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

Modifican Resolución sobre instancias competentes para el ejercicio de la facultad sancionadora de OSINERGMIN en el sector minero RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 141-2015-OS/CD Lima, 25 de junio de 2015 VISTO: El Memorándum GFM 386-de la Gerencia de Fiscalización Minera; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en la Ley que transfiere competencias de Supervisión y Fiscalización de las Actividades Mineras al Osinergmin, Ley
Modifican Resolución sobre instancias competentes para el ejercicio de la facultad sancionadora de OSINERGMIN en el sector minero
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 141-2015-OS/CD
Lima, 25 de junio de 2015
VISTO:

El Memorándum GFM 386-de la Gerencia de Fiscalización Minera;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en la Ley que transfiere competencias de Supervisión y Fiscalización de las Actividades Mineras al Osinergmin, Ley N° 28964
y en la Ley que precisa competencias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), Ley N° 29901, Osinergmin es competente para ejercer actividades de supervisión y fiscalización en el sector minero;

Que, el artículo 17° de la referida Ley N° 28964, modificó el inciso b) del artículo 9° de la Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, Ley N° 26734, facultando al Consejo Directivo de Osinergmin a determinar las instancias competentes para el ejercicio de la función sancionadora;

Que, considerando las atribuciones otorgadas al Consejo Directivo de Osinergmin, mediante Resolución N° 252-2013-OS-CD, modificada por Resolución 251-2014-OS/CD, el Consejo Directivo definió las instancias competentes para el ejercicio de la función sancionadora en el sector minero;

Que, en la línea de estandarizar el proceso sancionador de Osinergmin, resulta conveniente redefinir las instancias competentes para el ejercicio de la función sancionadora en el sector minero;

Que, considerando que las disposiciones contenidas en la presente resolución están referidas a los órganos competentes de la entidad para actuar como instancia sancionadora, en aplicación del numeral 3.2 del artículo 14° del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general", aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, se exceptúa la publicación del proyecto para recabar comentarios;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28964, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesión N° 19-2015, con la opinión favorable de la Gerencia General y la Gerencia Legal;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 2° de la Resolución de Consejo Directivo N° 252-2013-OS-CD, modificada por Resolución de Consejo Directivo N° 251-2014-OS-CD de acuerdo con el siguiente texto:
"Artículo 2.- Órgano Sancionador en procedimientos administrativos sancionadores del sector minero.

La Gerencia de Fiscalización Minera es el órgano sancionador de las actividades del sector minero.".

Artículo 2°.- Publicación.-La presente Resolución será publicada en el diario oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano y en el portal electrónico institucional de Osinergmin (www.
osinergmin.gob.pe).

Artículo 3°.- Vigencia.-La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
TRANSITORIA
Única.- Las disposiciones contenidas en la presente Resolución serán de aplicación inmediata para los procedimientos administrativos sancionadores en trámite con excepción de aquellos en los que se hubiera llevado a cabo audiencia de informe oral ante la Gerencia General o que tuvieran recursos de reconsideración pendientes de resolver.

JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente de Consejo Directivo
OSINERGMIN
Organismos Reguladores, Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria

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