7/22/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2015-VIVIENDA Amplían efectos de la Primera Convocatoria del Programa

Amplían efectos de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015 efectuada mediante R.M. N° 016-2015-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2015-VIVIENDA Lima, 20 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional - BFH, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, el mismo que se otorga en los ámbitos urbano y rural, por una sola vez al grupo familiar beneficiario, sin cargo de restitución por parte
Amplían efectos de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015 efectuada mediante R.M. N° 016-2015-VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2015-VIVIENDA
Lima, 20 de julio de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional - BFH, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, el mismo que se otorga en los ámbitos urbano y rural, por una sola vez al grupo familiar beneficiario, sin cargo de restitución por parte de éstos y, que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 054-2002-VIVIENDA, se declara de utilidad pública, la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, con el objetivo de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna, en concordancia con sus posibilidades económicas; así como, de estimular la participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social;

Que, el numeral 18.1 del artículo 18 del Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado por Resolución Ministerial N° 102-2012-VIVIENDA, dispone que los Grupos Familiares postularán al Bono Familiar Habitacional - BFH previo proceso de Convocatoria publicado mediante Resolución Ministerial del MVCS;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 016-2015-VIVIENDA, se convoca a la población, a nivel nacional, a participar en la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015, en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio, para el otorgamiento de hasta 20,000 BFHs, disponiéndose la apertura de los Registros del Programa Techo Propio en la citada modalidad, hasta la asignación de la totalidad de los BFHs ofertados;

Que, de acuerdo al Informe N° 142-2015/VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, de fecha 08 de julio de 2015, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, sustenta la necesidad de ampliar los efectos de la referida Convocatoria, debido a la gran aceptación de la población, por lo que propone otorgar adicionalmente hasta 20, 000 BFHs;

Que, en tal sentido, corresponde ampliar los efectos de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 016-2015-VIVIENDA;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; la Resolución Ministerial N° 102-2012-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Ampliación de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 016-2015-VIVIENDA
1.1 Amplíase los efectos de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015 efectuada mediante Resolución Ministerial N° 016-2015-VIVIENDA, para el otorgamiento de hasta 20,000 Bonos Familiares Habitacionales adicionales, en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio.

1.2 Los Registros del Programa Techo Propio, permanecerán abiertos hasta cuando se haya asignado la totalidad de los BFHs de la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2015 y la presente ampliatoria. Para tales efectos, se exceptúa el cumplimiento de los plazos que establecen el numeral 20.1 del artículo 20, los numerales 21.1 y 21.3 del artículo 21, los numerales 22.2 al 22.6 del artículo 22, los numerales 34.1 y 34.2 del artículo 34 y el numeral 37.1
del artículo 37 del Reglamento para acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda aprobado por Resolución Ministerial N° 102
2012-VIVIENDA.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
TRANSITORIA
Única.- Determínase, que a la ampliación que se aprueba en el artículo único por la presente Resolución, le serán aplicables las disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial N° 016-2015-VIVIENDA, en lo que resulte aplicable.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento

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