8/08/2015

DECRETO SUPREMO N° 007-2015-DE/ que aprueba la lista general de contrataciones consideradas

Decreto Supremo que aprueba la lista general de contrataciones consideradas estrategicas, en materia de Seguridad y Defensa Nacional, que seran efectuadas a traves de contratos internacionales o de Gobierno a Gobierno DECRETO SUPREMO Nº 007-2015-DE/ EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 165 de la Constitucion Politica del Peru establece que las Fuerzas Armadas estan constituidas por el Ejercito, la Marina de Guerra y la Fuerza Aerea y tienen como finalidad primordial garantizar la independencia,
Decreto Supremo que aprueba la lista general de contrataciones consideradas estrategicas, en materia de Seguridad y Defensa Nacional, que seran efectuadas a traves de contratos internacionales o de Gobierno a Gobierno
DECRETO SUPREMO Nº 007-2015-DE/
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el articulo 165 de la Constitucion Politica del Peru establece que las Fuerzas Armadas estan constituidas por el Ejercito, la Marina de Guerra y la Fuerza Aerea y tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberania y la integridad territorial de la Republica, en funcion de los objetivos de la Politica de Defensa Nacional;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1128 se crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas como organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, encargada de planificar, organizar y ejecutar los procesos de contratacion de bienes, servicios, obras y consultorias a su cargo, que fortalezcan el planeamiento estrategico de compras y la adecuada ejecucion de contrataciones del Sector Defensa;

Que, el articulo 3 del citado Decreto Legislativo establece que se encuentran bajo el ambito de competencia de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, las siguientes Unidades Ejecutoras y organos del Sector Defensa: el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Ejercito del Peru, la Marina de Guerra del Peru, la Fuerza Aerea del Peru, la Escuela Nacional de Marina Mercante, la Comision Nacional de Desarrollo e Investigacion Aeroespacial, la Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas y otras que se disponga mediante Decreto Supremo;

Que, el numeral 4) del articulo 4 del mencionado Decreto Legislativo establece que la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas tiene como funcion, entre otras, la de proponer para su aprobacion mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Defensa, la lista general de contrataciones consideradas estrategicas en materia de Seguridad y Defensa Nacional, que sean efectuadas a traves de contratos internacionales o de Gobierno a Gobierno;

Que, el articulo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1128, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-DE, establece que "La Agencia elabora, anualmente, la lista general de contrataciones que contiene los bienes, servicios y obras consideradas estrategicas en materia de Defensa y Seguridad Nacional, y que seran efectuadas a traves de contratos internacionales o de Gobierno a Gobierno, la misma que se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Defensa";

Que, el literal d) del articulo 3 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-DE, senala que la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas tiene como funcion la de "proponer, para su aprobacion mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Defensa, la lista general de contrataciones consideradas estrategicas en materia de Seguridad y Defensa Nacional, que sean efectuadas a traves de contratos internacionales o de Gobierno a Gobierno";

Que, la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas y las Unidades Organicas bajo su ambito de competencia, han efectuado multiples coordinaciones para determinar los bienes, servicios, obras y consultorias a ser considerados en la lista general de contrataciones consideradas estrategicas;

Que, mediante el Oficio Nº 075-2015/ACFFAA-DJ la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas solicito al Ministerio de Defensa, la actualizacion y validacion de los montos y fuentes de financiamiento de los procesos de contratacion a ser considerados en la lista general de contrataciones consideradas estrategicas al extranjero del Sector Defensa para el AF-2015;

Que, con el Oficio Nº 213-2015-MINDEF/RD/ DGPP/D/01 la Direccion General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Defensa, indico el financiamiento aprobado y el limite del monto maximo a desembolsar por cada ano, de acuerdo a las coordinaciones efectuadas con la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, senalando que solo puede identificar los requerimientos financiados con cargo a Endeudamiento Interno y al Fondo de Defensa, por lo que recomendo se coordine directamente con las Unidades Ejecutoras, a fin de actualizar y validar los montos y fuentes de financiamiento de cada proceso de contratacion contenido en la lista general de contrataciones consideradas estrategicas en materia de Seguridad y Defensa Nacional, que sean efectuadas a traves de contratos internacionales o de Gobierno a Gobierno para el Ano Fiscal 2015;

Que, mediante Oficio Nº 1329 OPRE/19.02.c, el Ejercito del Peru adjunta la lista general contrataciones estrategicas al Extranjero, debidamente validadas de acuerdo a su competencia;

Que, con Oficio G.500-2306, la Marina de Guerra del Peru, da conformidad a los importes y fuentes de financiamiento considerados en la lista general de contrataciones estrategicas al extranjero de su Institucion;

Que, con Oficio S-70-JEMG-EMPL-Nº 1086 la Fuerza 558866 NORMAS LEGALES
Sabado 8 de agosto de 2015 / El Peruano Aerea del Peru indica, entre otros aspectos, los procesos de contratacion que cuentan con financiamiento segun lo publicado en la plataforma del SEACE;

Que, resulta necesario aprobar la lista general de contrataciones consideradas estrategicas en materia de Seguridad y Defensa Nacional, que sean efectuadas a traves de contratos internacionales o de Gobierno a Gobierno para que la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas pueda cumplir la finalidad para la que fue creada;

De conformidad con el articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo;

Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Legislativo Nº 1128 que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-DE, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2014-DE y el Decreto Supremo Nº 004-2015-DE que aprueba el Plan Estrategico de Compras del Sector Defensa;

DECRETA:

Articulo 1.- Apruebase la lista general de contrataciones consideradas estrategicas en materia de Seguridad y Defensa Nacional, que sean efectuadas a traves de contratos internacionales o de Gobierno a Gobierno, la misma que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Articulo 2.- El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.acffaa.gob.pe).

Articulo 3.- La lista general de contrataciones consideradas estrategicas en materia de Seguridad y Defensa Nacional, que sean efectuadas a traves de contratos internacionales o de Gobierno a Gobierno y que forma parte del presente Decreto Supremo, tiene la clasificacion de Secreto al comprender informacion directamente relacionada con la Seguridad Nacional, por lo que de conformidad con el literal f) del numeral 1) del articulo 15 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, no es objeto de publicacion ni acceso publico.

Articulo 4.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete dias del mes de agosto del ano dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Republica
JAKKE VALAKIVI ALVAREZ
Ministro de Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa

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