8/03/2015

RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS N° 015-GCSPE-ESSALUD2015 Dejan

Dejan sin efecto designacion de funciones de verificador de la Oficina de Aseguramiento Sucursal Apurimac de ESSALUD RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONOMICAS Nº 015-GCSPE-ESSALUD2015 Lima, 29 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29135, se establece el porcentaje que debe pagar ESSALUD y la ONP a la SUNAT, por la recaudacion de sus aportaciones, asi como otras medidas para mejorar la administracion de tales aportes; Que, la referida norma faculta a ESSALUD
Dejan sin efecto designacion de funciones de verificador de la Oficina de Aseguramiento Sucursal Apurimac de ESSALUD
RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONOMICAS Nº 015-GCSPE-ESSALUD2015
Lima, 29 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29135, se establece el porcentaje que debe pagar ESSALUD y la ONP a la SUNAT, por la recaudacion de sus aportaciones, asi como otras medidas para mejorar la administracion de tales aportes;

Que, la referida norma faculta a ESSALUD para ejercer de oficio, las funciones de verificacion de la condicion de asegurados del Regimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y de otros regimenes administrados por ESSALUD como el Seguro de Salud Agrario;

Que, el Decreto Supremo Nº 002-2009-TR, Reglamentaria de la Ley Nº 29135, establece que las funciones de verificacion seran realizadas por servidores publicos, que entre otros requisitos deben sujetarse a los principios, deberes y prohibiciones eticas establecidas en la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, mediante Resolucion Nº 015-GCASEG-ESSALUD-2009, de 04 de noviembre de 2009, se designan 59 verificadores de las Oficinas de Aseguramiento en el ambito a nivel nacional;

Que, la Jefatura de la Oficina de Aseguramiento Sucursal Apurimac, mediante Carta Nº 163-OAAPURIMAC-ExSGSA-GPA-GCSPE-ESSALUD-2015 comunica la renuncia de una servidora de dicha Oficina a la designacion de verificador; situacion que origina la revocatoria en la designacion;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal m) del articulo 133º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Economicas aprobado por Resolucion Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014;

SE RESUELVE
Articulo Primero.- Dejar sin efecto la designacion de funciones como verificador al empleado publico Sra.

TRUJILLO RIO, ROSARIO de la Oficina de Aseguramiento Sucursal Apurimac.

Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Oficina de Apoyo y Seguimiento las acciones para la difusion del contenido y alcances de la presente Resolucion.

Articulo Tercero.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano"
Registrese, comuniquese y publiquese.

FELIPE CHU WONG
Gerente Central de Seguros y Prestaciones Economicas
ESSALUD
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo

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