8/03/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 038-2015-EF Ratifican Acuerdos de PROINVERSION que incorporan al proceso de

Ratifican Acuerdos de PROINVERSION que incorporan al proceso de promocion de la inversion privada el Proyecto denominado "Instalacion de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Region Cusco" y que establecen modalidad de promocion de la inversion privada RESOLUCION SUPREMA Nº 038-2015-EF Lima, 1 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28900 se otorga al Fondo de Inversion en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de persona juridica de Derecho Publico, adscribiendolo
Ratifican Acuerdos de PROINVERSION que incorporan al proceso de promocion de la inversion privada el Proyecto denominado "Instalacion de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Region Cusco" y que establecen modalidad de promocion de la inversion privada
RESOLUCION SUPREMA Nº 038-2015-EF
Lima, 1 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28900 se otorga al Fondo de Inversion en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de persona juridica de Derecho Publico, adscribiendolo al Sector Transportes y Comunicaciones. Asimismo, se dispuso que el FITEL sea administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL;

Que, el numeral 7 del Articulo 7º del Reglamento de Administracion y Funciones del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones - FITEL aprobado mediante Decreto Supremo Nº 036-2008-MTC, establece como una de las funciones del Directorio de FITEL, encargar a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, la conduccion de las licitaciones y/o concursos publicos de los Programas y/o Proyectos, a ser financiados con los recursos del FITEL;

Que, mediante Oficio Nº 020-2015-MTC/24, de fecha 07 de enero de 2015, la Secretaria Tecnica del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones - FITEL solicita a PROINVERSION el inicio del proceso de promocion del Proyecto "Instalacion de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Region Cusco", como consecuencia de lo dispuesto por el Directorio de FITEL en la Sesion Nº 12-2014 de fecha 17
de diciembre de 2014;

Que, mediante Oficio Nº 082-2015-MTC/24 de fecha 21 de enero de 2015 el FITEL solicito que: i)
PROINVERSION convoque la implementacion de las redes de acceso y las redes de transporte de los proyectos Instalacion de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de las Regiones Cusco, Tumbes, Piura y Cajamarca, por separado. La primera, que se realice bajo la modalidad de transferencia de activos del Decreto Legislativo Nº 674, y la segunda, bajo la modalidad de APP; ii) el desarrollo de las redes de transporte por grupo de regiones (en 3 o 4 bloques), se debe realizar a traves de un solo Concesionario;

Que, mediante Oficio Nº 1259-2015-MTC/24 de fecha 19 de junio de 2015 el FITEL solicito que los referidos proyectos sean licitados bajo la modalidad de transferencia de activos regulado en el Decreto Legislativo Nº 674 para la instalacion de las redes de acceso y transporte, y la operacion y mantenimiento de la red de acceso por lo que se deja sin efecto el oficio mencionado en el considerando precedente;

Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION, en su sesion de fecha 01 de julio de 2015, acordo incorporar al proceso de promocion de la inversion privada el Proyecto "Instalacion de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Region Cusco", asi como establecer que la modalidad bajo la cual se promovera la inversion privada en dicho Proyecto sera la establecida en el literal a) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674;

Que, en virtud de lo establecido en el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674 concordado con la Ley Nº
26440, los acuerdos a que se refiere el considerando precedente deben ratificarse por resolucion suprema;

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; y Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, en su sesion de fecha 01 de julio de 2015 mediante el cual se acordo incorporar al proceso de promocion de la inversion privada el Proyecto "Instalacion de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Region Cusco".

Articulo 2º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, en su sesion de fecha 01 de julio de 2015, mediante el cual se acordo establecer que la modalidad bajo la cual se promovera la inversion privada en el Proyecto: "Instalacion de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Region Cusco", sera la establecida en el literal a) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674.

Articulo 3º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Registrese, comuniquese y publiquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Republica
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economia y Finanzas
JOSE GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas

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