5/29/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 126-2016-VIVIENDA Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en

Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el año 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2016-VIVIENDA Lima, 26 de mayo de 2016 Vistos, el Acta de Sesión Nº 002-2016 del Comité de Inversiones en Construcción y Saneamiento, el Acta de la 588236 NORMAS LEGALES Domingo 29 de mayo de 2016 / El Peruano Sesión del Comité de Inversiones en Vivienda y Urbanismo 2016-02 y el Memorándum Nº 1119-2016-VIVIENDA/ OGPP de la Oficina
Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el año 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2016-VIVIENDA
Lima, 26 de mayo de 2016
Vistos, el Acta de Sesión Nº 002-2016 del Comité de Inversiones en Construcción y Saneamiento, el Acta de la 588236 NORMAS LEGALES
Domingo 29 de mayo de 2016 / El Peruano Sesión del Comité de Inversiones en Vivienda y Urbanismo 2016-02 y el Memorándum Nº 1119-2016-VIVIENDA/ OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; así como, facilita el acceso de la población a una vivienda digna y a los servicios de saneamiento de calidad y sostenibles, en especial de aquella rural o de menores recursos; promueve el desarrollo del mercado inmobiliario, la inversión en infraestructura y equipamiento en los centros poblados; teniendo entre sus funciones generales, establecer mecanismos destinados a promover la participación de las asociaciones público-privadas en la implementación de las políticas nacionales y sectoriales de su responsabilidad;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, en adelante Decreto Legislativo Nº 1224, tiene por objeto establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos;

Que, los numerales 14.1 y 14.2 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, en adelante el Reglamento, disponen que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas es el instrumento de gestión elaborado, entre otros, por cada Ministerio, que tiene como finalidad identificar los potenciales proyectos de Asociaciones Público Privadas a fin de ser incorporados al proceso de promoción de la inversión privada; siendo la propuesta, del referido informe, realizada por el órgano encargado de planeamiento del Ministerio y responsabilidad del Comité de Inversiones la elaboración oportuna del mismo;

Que, asimismo, el numeral 14.3 del artículo 14 del Reglamento, señala que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas y sus modificaciones, es aprobado mediante Resolución Ministerial del sector a más tardar el dieciséis de febrero de cada año;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, establece que para la aplicación de lo dispuesto en el numeral 14.3 del artículo 14 del Reglamento, durante el año fiscal 2016, la aprobación del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas se realizará a más tardar el primer día hábil de junio;

Que, por Resolución Ministerial Nº 001-2016-VIVIENDA, se crea el Comité de Inversiones en Construcción y Saneamiento y el Comité de Inversiones en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el objeto de llevar adelante los proyectos de inversión privada en el ámbito de su competencia;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 002-2016-EF/68.01, se aprueban los "Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2016", que constituyen una herramienta metodológica de apoyo para las entidades públicas que requieran elaborar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2016;

Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos del visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado la propuesta de Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el año 2016, y los Comités de Inversiones en Construcción y Saneamiento y en Vivienda y Urbanismo han opinado que dicho Informe cumple con los contenidos establecidos en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, y en los "Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2016", aprobados por Resolución Directoral Nº 002-2016-EF/68.01;

Que, estando a lo expuesto, es necesario aprobar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el año 2016;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el año 2016, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática, la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe); en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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