5/05/2016

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 152-2016-IN

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 152-2016-IN Lima, 4 de mayo de 2016 VISTOS; la Carta G. 500-025, de fecha 8 de marzo de 2016, de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto del Comando Operacional de la Amazonía del Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas del Perú; y, el Memorándum Nº 1332-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 27 de abril de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta G. 500-025, de fecha 8 de marzo de 2016, la Jefatura del Estado Mayor Conjunto

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 152-2016-IN
Lima, 4 de mayo de 2016
VISTOS; la Carta G. 500-025, de fecha 8 de marzo de 2016, de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto del Comando Operacional de la Amazonía del Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas del Perú; y, el Memorándum Nº 1332-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 27 de abril de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta G. 500-025, de fecha 8 de marzo de 2016, la Jefatura del Estado Mayor Conjunto del Comando Operacional de la Amazonía del Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas del Perú hace de conocimiento de la Jefatura de la Región Policial Loreto que, se ha reprogramado la "V Reunión de Mandos Regionales de Frontera (RMRF) Ecuador - Perú", para los días 9 al 12 de mayo de 2016, en la ciudad de Atuntaqui, provincia de Imbabura - República del Ecuador;

Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 135-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 26 de abril de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios, del 8 al 12 de mayo de 2016, a la ciudad de Atuntaqui, provincia de Imbabura - República del Ecuador, del General de la Policía Nacional del Perú Julio Alejandro Mercado Castillo, para que participe en el evento indicado en el considerando precedente;

Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 1332-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 27 de abril de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, da su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando además que el mismo irrogará gastos al Estado;

Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional; debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto y viáticos, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Julio Alejandro Mercado Castillo, del 8 al 12 de mayo de 2016, a la ciudad de Atuntaqui, provincia de Imbabura - República del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace 586384 NORMAS LEGALES
Jueves 5 de mayo de 2016 / El Peruano referencia en el artículo precedente, se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe US$ Días Pers. Total US$
Pasajes aéreos 603.00 X 1 = 603.00
Viáticos 370.00 X 5 X 1 = 1,850.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior

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