10/14/2016

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 270-2016-ANA Reconocen a integrantes del Consejo de Recursos Hídricos de

Reconocen a integrantes del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón - Rímac - Lurín RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 270-2016-ANA Lima, 13 de octubre de 2016 VISTO: El Informe Técnico Nº 019-2016-ANA-DCPRH-GRH/ RPJL, de fecha 03 de octubre de 2016, de la Directora de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 24º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca
Reconocen a integrantes del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón - Rímac - Lurín
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 270-2016-ANA
Lima, 13 de octubre de 2016
VISTO:

El Informe Técnico Nº 019-2016-ANA-DCPRH-GRH/ RPJL, de fecha 03 de octubre de 2016, de la Directora de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos; y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 24º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional del Agua, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar 601547 NORMAS LEGALES
Viernes 14 de octubre de 2016
El Peruano / en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos; pudiendo ser Consejo de Cuenca Regional, cuando el ámbito de la cuenca se localiza íntegramente dentro de un (1) solo gobierno regional; y, Consejo de Cuenca Interregional, cuando dentro del ámbito de la cuenca, existen dos (2) o más gobiernos regionales;

Que, según el numeral 26.6 del artículo 26º del Reglamento de la precitada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, los integrantes del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca son designados por un periodo de dos años y deben estar premunidos de facultades suficientes para asumir compromisos en relación a los acuerdos que tome el Consejo, en cuyas sesiones tendrá derecho a voz y voto;

Que, por su parte, el artículo 27º del citado Reglamento determina que el representante del Gobierno Regional ejercerá la presidencia del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, y que tratándose del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional, dicha función es ejercida en forma rotativa, por los representantes de los gobiernos regionales que lo conforman;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2016-MINAGRI, se creó el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, quedando establecido, entre otros, su composición, el procedimiento para la acreditación de los representantes y el plazo para su instalación;

Que, con el documento del visto, la Directora de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos señala que para el proceso de acreditación de los miembros del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, se ha seguido las pautas establecidas en el Decreto Supremo Nº 007-2016-MINAGRI, y propone se emita una Resolución Jefatural que refrende la acreditación de los integrantes del Consejo Directivo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, para el periodo 2016-2018;

Que, en ese sentido, corresponde emitir una Resolución Jefatural que reconozca a los integrantes acreditados ante el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, para el periodo 2016 - 2018 determinando su composición y la vigencia del plazo de designación de sus integrantes;

Con el visto de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 012-2016-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1
o .- Reconocer a los integrantes acreditados ante el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, de acuerdo al siguiente detalle:

ENTIDAD U ORGANIZACIÓN
NOMBRE Y CARGO DEL
INTEGRANTE
ÁMBITO
Municipalidad Metropolitana de Lima (Preside)
José Fernández Fernández MM Lima Gobierno Regional de Lima Walter Huamán Rodríguez
GORE
Lima Gobierno Regional del Callao Dante Reynaldo Rodríguez Mogrovejo
GORE
Callao Autoridad Nacional del Agua -
AAA Cañete Fortaleza Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete - Fortaleza
ANA
Municipalidad Distrital de La Punta Jorge Luis Podestá Hernández
GORE
Callao Municipalidad Distrital de Antioquía Ángel Vicencio Mantari Ramos
GORE
Lima Municipalidad Distrital de San Isidro Pamela Olenka Peña Vivanco MM Lima Junta de Usuarios Subdistrito de Riego Lurín-Chilca Cesáreo Villazana Surichaqui
GORE
Lima
ENTIDAD U ORGANIZACIÓN
NOMBRE Y CARGO DEL
INTEGRANTE
ÁMBITO
Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Rímac Gustavo Víctor Davirán Daga
GORE
Callao Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Chillón Wilfredo Sosa Ipanaqué MM Lima EDEGEL S.A.A. Carlos Alfredo Rosas Cedillo
GORE
LIMA
SEDAPAL Yolanda Andía Cárdena
GORE
Callao
UNACEM S.A.

Raúl Eduardo Quezada Saavedra MM Lima Colegio de Biólogos del Perú-Colegio Regional XXII-Callao Marco Antonio Villacorta Olaza
GORE
Callao Colegio de Ingenieros-Consejo Departamental de Lima Guillermo Israel León Suematsu MM Lima Universidad Nacional Federico Villarreal Jessica Blanca Vargas Ayala
GORE
Lima Universidad Nacional del Callao María Teresa Valderrama Rojas
GORE
Callao Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur Agérico Pantoja Cadillo MM Lima Comunidad Campesina Santa Cruz de Cocachacra Neptalí Carrasco Torres
GORE
Lima Artículo 2º.- Precisar que los integrantes del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lima ejercerán su mandato por un periodo de dos (02) años, al término del cual concluye el plazo de su designación.

Regístrese, comuníquese y publíquese,
ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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