2/16/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 096-2017/MINSA Conforman Comité de Expertos para evaluar el uso medicinal

Conforman Comité de Expertos para evaluar el uso medicinal de cannabis en el Perú y proponer las indicaciones, regulación y mecanismos necesarios para dicho fin RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2017/MINSA Lima, 14 de febrero del 2017 Visto, el Expediente Nº 17-012945-001, conteniendo el Memorando Nº 147-2017-DVM-SP/MINSA, del Viceministerio de Salud Pública; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición
Conforman Comité de Expertos para evaluar el uso medicinal de cannabis en el Perú y proponer las indicaciones, regulación y mecanismos necesarios para dicho fin
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2017/MINSA
Lima, 14 de febrero del 2017
Visto, el Expediente Nº 17-012945-001, conteniendo el Memorando Nº 147-2017-DVM-SP/MINSA, del Viceministerio de Salud Pública; y,
CONSIDERANDO:

Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el literal a) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es función rectora del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, de conformidad con los literales b) y d) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, el Despacho Viceministerial de Salud Pública tiene por funciones, entre otras, formular, proponer, implementar, ejecutar, evaluar y supervisar las intervenciones de prevención, promoción y protección de la salud de la población, de conformidad con la respectiva política nacional de salud; así como proponer y supervisar programas, lineamientos y normas, conduciendo planes nacionales y estrategias de salud pública en materia de cáncer, salud en las escuelas, salud mental, entre otros, en el ámbito de su competencia;

Que, con el documento del visto, el Viceministerio de Salud Pública propone la conformación de un Comité de Expertos, de naturaleza temporal, para evaluar el uso medicinal del cannabis en el Perú, dado que existiría la posibilidad de tratar una serie de condiciones médicas tales como glaucoma, sida, dolor neuropático, cáncer, esclerosis múltiple, náuseas inducidas por quimioterapia y ciertos trastornos convulsivos;

Estando a lo propuesto por el Viceministerio en Salud Pública;

29 NORMAS LEGALES
Jueves 16 de febrero de 2017
El Peruano / Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformar un Comité de Expertos, de naturaleza temporal, para evaluar el uso medicinal del cannabis en el Perú y proponer las indicaciones, regulación y mecanismos necesarios para dicho fin, el mismo que estará integrado por los miembros siguientes:

1. Un(a) representante del Viceministerio de Salud Pública, quien lo preside 2. Un(a) representante del Instituto Nacional de Salud 3. Un(a) representante de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas 4. Un(a) representante de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública 5. Un(a) representante del Colegio Médico del Perú 6. Un(a) representante de la Academia Nacional de Medicina 7. Un(a) representante de la Academia Peruana de Salud 8. Un(a) representante de la Sociedad Peruana de Neurología 9. Un representante de la Asociación Psiquiátrica Peruana 10. Un(a) representante de la Sociedad Peruana de Oncología 11. Un(a) representante de la Asociación Peruana de Epilepsia y Enfermedades Convulsivas 12. Un representante (a) de la Organización Panamericana de la Salud - OPS
Los representantes de los órganos, organismos e instituciones serán acreditados mediante comunicación escrita dirigida al Viceministerio de Salud Pública, dentro de los dos (2) días hábiles de publicada la presente Resolución Ministerial.

El Comité de Expertos se instala dentro de los cinco (5) días hábiles de publicada la presente Resolución Ministerial, pudiendo invitar para el cumplimiento del encargo conferido a especialistas, representantes de entidades públicas e instituciones privadas, sociedad civil, así como de organismos internacionales.

La participación como miembro o invitado del Comité de Expertos, se desempeña de manera ad honorem.

Artículo 2.- El Comité de Expertos tiene un plazo de treinta (30) días calendario contados desde su instalación, para la ejecución del encargo conferido según el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debiendo presentar un Informe Final al Despacho Ministerial.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/index.aspfiop=115.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud

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